
Se habla mucho de dietas milagros, de puestas a punto, de preparación de competiciones etc. Y vamos hablar más claro. Y es el instrusismo laboral.
El artículo 403 del Código Penal español hace referencia al castigo por la realización de una profesión sin tener el título en posesión.
Concepto de intrusismo:
El delito de usurpación de calidad, también denominado de intrusismo, es un delito formal, de mera actividad, en alguna ocasión denominada «infracción administrativa especialmente criminalizada», que pretende proteger a la sociedad en general, para evitar el peligro que supone el ejercicio por personas
audaces, pero incompetentes, de tareas delicadas que exigen conocimientos y capacidades especificas.
¿Qué nos dice el código penal del Art. 403?
- El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de seis a doce meses.
- Se impondrá una pena de prisión de seis meses a dos años si concurriese alguna de las siguientes circunstancias:
- Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido.
- Si el culpable ejerciere los actos a los que se refiere el apartado anterior en un local o establecimiento abierto al público en el que se anunciare la prestación de servicios propios de aquella profesión.
No dejes que jueguen con tu salud. Esto es una ciencia. Se invierte mucho tiempo en estudiar, afrontar examenes, superarlos y aplicar sobre la salud de la gente. Esto no va de una dieta tipo y comprame X suplementos por tanto dinero.